¿Cómo vivir del arte?’. Publicación digital con temas tratados en un taller de autoempleo celebrado en Madrid

La Subdirección General de Promoción de las Bellas Artes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha presentado ‘¿Cómo vivir del arte?’, publicación digital que recoge los principales temas tratados en el taller de autoempleo que, con el mismo título, se celebró el pasado mes de febrero en la Sala de Ideas de Tabacalera, Madrid. Esta obra, de 118 páginas, se dirige a aquellos artistas y creadores que afrontan su primera inserción en el mundo laboral, a aquellos que quieren vivir del mundo del arte y, en general, a cuantos artistas quieran mejorar su capacitación profesional. Una herramienta más con la que los artistas pueden obtener instrumentos que les permitan comenzar a gestionar de forma eficiente su creatividad.

En primer lugar se introduce una información sobre la protección de la cultura desde las convenciones internacionales; cómo se inserta posteriormente en la Constitución Española y cómo se atribuyen las competencias a las diversas comunidades autónomas y entidades locales. Es revelante conocer esta situación para comprender quién actúa en cada territorio y así poder tener la interlocución adecuada y desarrollar cada proyecto de manera óptima. En este sentido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, se reconoce el derecho a la cultura y la propiedad intelectual, en su artículo 27.

La propiedad intelectual viene regulada en el Convenio de Viena de 1886 así como en los tratados de la OMPI sobre Derecho de Autor y numerosas Directivas Comunitarias. Se debe diferenciar entre los derechos morales, aquellos que se refieren a la paternidad de la obra, es decir, a la identificación del autor, la integridad y posible modificación, de los derechos de explotación económica, que se refiere ya a la reproducción, distribución, comunicación pública, etc.; es decir, todas aquellas acciones que pueden generar un beneficio económico.

Los derechos morales son inalienables, no se pueden transferir. Son los económicos los que, en ciertos casos, pueden ser transferidos, cedidos o gestionados por entidades como VEGAP, AIE o SGAE.

Via: infoenpunto.com

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