Convocadas dos líneas de subvenciones incluidas en el Plan de Fomento y Consolidación del Autoempleo correspondientes a este ejercicio

El Ejecutivo Extremeño ha dado luz verde a un decreto por el que se regulan las ayudas para la asistencia jurídico-laboral y fiscal-contable necesaria para el inicio de actividades empresariales, y la convocatoria de las mismas correspondiente a este ejercicio, por importe de 350.000 euros.

A través de esta nueva norma, se introducen modificaciones derivadas de la normativa europea de cara al nuevo periodo normativo 2014-2020, a la vez que se modifican determinados aspectos del decreto 27/2013, de 12 de marzo, por el que se regulaban hasta ahora estas ayudas, para dotarlo de una mayor agilidad administrativa en su gestión.

Sobre el ámbito subjetivo de la citada medida de fomento y dado que en la actualidad la economía de Extremadura está sustentada principalmente sobre sus autónomos, se acuerda que éstos deben ser los destinatarios de la subvención pues, por sus características, son notablemente más sensibles a las dificultades propias del inicio de toda actividad.

De acuerdo con el nuevo decreto, podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas que estén dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA), siempre que el alta esté comprendido entre las fechas que se establezcan en la correspondiente convocatoria de ayudas, iniciando así una actividad económica, empresarial o profesional con ánimo de lucro.

También podrán optar las comunidades de bienes, sociedades civiles y personas jurídicas siempre que al menos el 50% de sus miembros cumplan los requisitos indicados anteriormente.

Respecto a los gastos subvencionables, serán aquellos en que incurran los beneficiarios por la asistencia que reciban tanto jurídico-laboral como fiscal-contable, vinculada al inicio de sus respectivas actividades profesionales o empresariales.

La cuantía por beneficiario será de hasta 35 euros por mes facturado y 420 euros por el periodo máximo de 12 meses. Esta nueva norma sustituye al decreto 167/2012, de 17 de agosto que regulaba hasta ahora dichas subvenciones.

El plazo para presentar las solicitudes se iniciará al día siguiente de la entrada en vigor del decreto y finalizará el 31 de diciembre de este año.
Por otra parte, el Ejecutivo aprobó un segundo decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar los gastos por el abono de tasas municipales necesarias para el autoempleo y se realiza la primera convocatoria para 2014, con una dotación de 250.000 euros.

Dado que en la actualidad la economía de Extremadura está sustentada principalmente sobre sus autónomos y sus pequeñas y medianas empresas, en sus múltiples formas y variedades, se considera que éstos colectivos deben ser los destinatarios de las ayudas, ya que su tamaño y características los hace notablemente más sensibles a las dificultades propias del inicio de toda actividad.

Las ayudas están destinadas a financiar los gastos de determinadas tasas municipales que sean exigibles a las personas físicas y pequeñas y medianas empresas, por razón de la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local o por prestación de servicios o realización de actividades administrativas de competencia local.

Las subvenciones serán para financiar el 100% del coste de las tasas locales para poner un negocio en marcha, con un límite de 1.000 euros por beneficiario.

Para que este gasto sea subvencionable el pago de la tasa deberá estar comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de la convocatoria, si bien, en el caso de las solicitudes que se presenten en el mes de diciembre de cada convocatoria, se admitirá que el pago de las tasas se pueda realizar hasta el último día de enero del año siguiente.

Via: regiondigital.com

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